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Se acabó una de esas costumbres políticas que durante años parecieron escritas con tinta indeleble: perder la elección por la presidencia municipal y, aun así, terminar sentado en el Cabildo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la reforma al artículo 383 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Quintana Roo, con lo que los candidatos derrotados a las alcaldías ya no podrán ocupar automáticamente la primera posición de las regidurías de representación proporcional.
Dicho en cristiano: perder la elección ya no garantiza boleto de regreso al Ayuntamiento.
Y aquí está la parte políticamente interesante.
La reforma no elimina la representación proporcional ni le quita regidores a los partidos que no ganaron. Lo que cambia es quién ocupa esas posiciones. A partir de la nueva regla, serán las personas registradas específicamente en las listas de regidurías quienes integren el Cabildo, respetando el orden de prelación.
La Corte fue clara: el voto de representación proporcional beneficia al partido político y no constituye un derecho personal para quien perdió la elección de presidente municipal.
Traducido al lenguaje de la política tropical: el candidato que quedó en segundo, tercero o cuarto lugar ya no podrá reclamar como premio de consolación una silla en el Cabildo.
La resolución deriva de una acción de inconstitucionalidad promovida por el PRI y tuvo como ponente a la ministra Yasmín Esquivel Mossa. El proyecto fue avalado por unanimidad de los ministros.
Y aunque jurídicamente el asunto puede parecer técnico, políticamente tiene bastante carnita.
Porque durante años se construyó una lógica bastante peculiar: los partidos postulaban a una persona para competir por la presidencia municipal y, si no ganaba, la convertían en regidor por la vía plurinominal.
Así, el candidato podía perder la elección… pero no necesariamente la posición política.
Ahora esa puerta se cierra.
La Corte consideró que la modificación no altera la fórmula de asignación de regidurías, no elimina la representación de las minorías y tampoco vulnera la autenticidad del sufragio. Simplemente establece que las regidurías correspondan a quienes fueron postulados para desempeñar precisamente esa responsabilidad.
Y eso, aunque parezca un simple ajuste legal, puede modificar la estrategia de los partidos.
Porque ahora tendrán que pensar mejor a quién colocan en sus listas de regidores. Ya no bastará con tener una figura competitiva para la presidencia municipal y confiar en que, si pierde, encontrará refugio en el Cabildo.
El mensaje es incómodo para algunos, pero bastante sencillo: una candidatura perdedora no puede convertirse automáticamente en una regiduría ganadora.
Y aquí aparece la pregunta política que seguramente empezará a rondar en los partidos: ¿quiénes ocuparán esas listas?, ¿los militantes con trabajo territorial?, ¿los operadores electorales?, ¿los cuadros ciudadanos?, ¿los amigos del dirigente?, ¿los grupos internos que suelen cobrar facturas después de las campañas?
Porque si algo tiene la política quintanarroense es memoria… y también buena calculadora.
La resolución de la Corte obliga a mirar las listas de regidores con mucha más atención. Ahí puede comenzar una nueva batalla por el poder municipal: menos visible que la contienda por la alcaldía, pero igualmente importante.
Y quizá hasta más interesante.
Porque una cosa es perder una elección y otra muy distinta es quedarse fuera del reparto.
Así que, queridos políticos de Quintana Roo, vayan desempolvando las listas de regidores. La silla que antes podía aparecer como premio de consolación ya no está garantizada.
La elección se gana en las urnas.
Y las regidurías, ahora sí, tendrán que ganarse desde la lista.
¡Vaya giro! En política, hasta los premios de consolación pueden pasar a la historia.
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